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Cumplimiento Normativo · COMPLIANCE

Nuestro trabajo, en el área compliance o cumplimiento normativo, se desarrolla en establecer las políticas, controles y procedimientos adecuados y suficientes para garantizar que la actividad desarrollada, es conforme, en el global de sus operaciones, a la normativa vigente que le es de aplicación, así como, las políticas y procedimientos internos, sin obviar, la sensibilización y conocimiento entre trabajadores/as, directivos/as y todos los agentes vinculados.

¿Cómo da respuesta nuestro servicio de CUMPLIMIENTO NORMATIVO a los requerimientos?

Analizamos, los riesgos penales e incumplimientos normativos, que sean de aplicación, en los que se puede incurrir, e implantamos un Plan de Prevención Penal y Cumplimiento Normativo (Compliance) adaptado a su tamaño y actividad.

A modo de referencia, y como punto de partida, el contenido y objetivos se detallan a continuación:

ANÁLISIS ORGANIZATIVO
  • Análisis de los riesgos que pueden afectar a la organización, tanto a nivel de servicios, estructura y organizativo, como a nivel operativo. Priorización de los riesgos en base a su criticidad.
  • Elaboración de un mapa de riesgos penales que contemple unas escalas de valoración. Por ejemplo, ponderar los riesgos según los valores Alto, Medio, Bajo, detallando qué se entiende por cada uno de estos valores.
  • Análisis de los mecanismos internos de control para prevenir los riesgos identificados.
  • Elaboración de planes de acción para implantar nuevos controles y mejorar los ya existentes.

IMPLANTACIÓN
  • Redacción de un Manual que incluya un Código Ético y los mecanismos internos de control adoptados.
  • Puesta en marcha de un Sistema de Gestión de Denuncias. (canal de denuncias interno o Whistleblowing).
  • Creación de una estructura organizativa para investigar las denuncias y adoptar.

FORMACIÓN
  • Exposición de las implicaciones de la reforma del Código Penal.
  • Explicación de los principales riesgos penales a los que se enfrenta la entidad.
  • Explicación del funcionamiento del Programa de Prevención Penal implantado.
  • Comunicar este plan a todos los miembros, formándolos (incluso online) en su cumplimiento y conocimiento.

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
  • Revisión periódica de los riesgos penales de la empresa. Acreditando su control periódico, su actualización por las exigencias normativas y por los posibles cambios en la actividad o de actividad.
  • Seguimiento de las sentencias y novedades jurídicas que afecten al programa adoptado, con independencia de la revisión periódica acordada.

PROCADE, aprovechando su larga experiencia en la auditoría - consultoría de empresa y su conocimiento de la normativa legal, desarrolla una metodología específica para diseñar e implantar un programa de Compliance. Nuestra consultoría se diseña como un sistema de gestión enfocado a la mejora continua y su seguimiento.


Mapa de riesgos Protocolo para la toma de decisiones Recursos finacieros
La primera fase consiste en el análisis de los riesgos legales y penales a los que pueda estar expuesta la entidad y sean susceptibles de generar responsabilidad legal y penal. Analizando y valorando los riesgos, se han de establecer los procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas. Modelos de gestión de los recursos financieros adecuados para la correcta implentación del Sistema de Cumplimiento Normativo e impedir la comisión de los delitos e infracciones que deben ser prevenidos.
Canal ético Sistema disciplinario Verificaciones periódicas
Informar de aquellas actividades y conductas presuntamente irregulares que puedan suponer un incumplimiento al órgano encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención. La imposición de sanciones adecuadas al incumplimiento de las medidas que establezca el modelo. Quienes conforman la entidad, han de ser conocedores de las sanciones aplicables cuando se incumple el contenido del modelo de cumplimiento. Verificación periódica del modelo y de su eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.

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