Comprometidos con la integridad y la transparencia.

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Compromiso con la transparencia

Porque el riesgo no se improvisa

La consultoría en Prevención de Blanqueo de Capitales es un servicio especializado diseñado para ayudar a las entidades, profesionales y organizaciones a cumplir con las regulaciones y mejores prácticas en la detección y prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo.


Evaluación de riesgos

  • Evaluamos los riesgos específicos de blanqueo y financiación del terrorismo.
  • Identificamos vulnerabilidades en procesos, productos, clientes y zonas geográficas.

Diseño de políticas y procedimientos

  • Desarrollamos políticas personalizadas según la realidad de su organización.
  • Establecemos controles internos robustos.

Capacitación y concienciación

  • Formamos al personal en la normativa vigente y en la detección práctica de operaciones sospechosas.

Revisión y mejora continua

  • Revisamos periódicamente su sistema de prevención.
  • Adaptamos su estrategia a los cambios normativos.

Análisis de operaciones y detección de indicios

  • Identificación de operaciones sospechosas según perfiles de riesgo.
  • Definición de criterios internos para alertas y comunicación al SEPBLAC.

Elaboración del Manual de PBC/FT

  • Manual adaptado a su tamaño, actividad y riesgos.
  • Incluye políticas, procedimientos y estructura funcional.

Representante ante el SEPBLAC

  • Apoyo en la designación y funciones del representante legal.
  • Formación específica para sus responsabilidades.

Gestión documental y conservación

  • Implantamos sistemas seguros de archivo y conservación de documentación.
  • Asesoramos en digitalización, cifrado y acceso controlado.

Beneficios

  • Cumplimiento normativo y reducción de riesgos legales.
  • Protección de la integridad financiera y reputación.
  • Mejora de procesos internos y eficiencia.
  • Fortalecimiento de la confianza de clientes y socios.


La Consultoría en Prevención de Blanqueo de Capitales es fundamental para garantizar la integridad y el cumplimiento de su organización en un entorno empresarial cada vez más regulado y complejo.
Nuestro equipo está comprometido a trabajar con usted para desarrollar e implementar soluciones efectivas que protejan sus operaciones y fortalezcan su posición en el mercado.


Preguntas frecuentes

Sujetos obligados

¿Quién supervisa la prevención de blanqueo de capitales?

El Sepblac, como Autoridad Supervisora, tiene la misión de asegurar el cumplimiento por parte de los sujetos obligados de sus deberes de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

+ info - SEPBLAC

¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento de la Ley 10/2010?

En el capítulo VIII de la Ley 10/2010 se recoge todo el régimen sancionador, que clasifica de infracciones administrativas leves, graves y muy graves.
En los artículos 51 al 55 se especifica el tipo de infracción.

Las sanciones son:


  • Por infracción muy grave, multa por importe mínimo de 150.00€ y el importe máximo hasta 10.000.000€
  • Por infracción grave, multa por importe mínimo de 60.000€ y el importe máximo hasta 5.000.000€.
  • Por infracción leve, amonestación privada y multa por un importe de hasta 60.000€.

La prescripción será para infracciones muy graves y graves, cinco años y las leves a los dos años.

BLANQUEO DE CAPITALES - PBC/FT