Comprometidos con la dignidad, el respeto y un entorno laboral libre de acoso, en cualquiera de sus formas.

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Compromiso con la dignidad y el respeto

Porque la prevención no se improvisa

Diagnóstico del entorno laboral

Evaluamos el clima laboral mediante entrevistas, encuestas y análisis documental. Identificamos focos de riesgo y oportunidades de mejora dentro de la cultura organizacional.

Diseño del protocolo de actuación

Elaboramos protocolos a medida que definen qué es acoso, cómo denunciar, y cómo se gestionan las investigaciones con imparcialidad y confidencialidad.

Gestión externa de denuncias

Recibimos y tramitamos denuncias como entidad externa, coordinamos investigaciones y garantizamos una gestión profesional y respetuosa de los casos.

Formación y sensibilización

Capacitamos a toda la plantilla para prevenir el acoso, actuar correctamente y promover una cultura organizacional ética y respetuosa.

Implementación y acompañamiento

Asistimos en la puesta en marcha del protocolo, con canales confidenciales de denuncia y acompañamiento en su integración efectiva.

Evaluación y mejora continua

Revisamos periódicamente la eficacia del protocolo y lo adaptamos a los cambios legales y estructurales de la organización.

Asesoramiento continuo

Ofrecemos apoyo experto, actualizaciones normativas y buenas prácticas para fortalecer tu sistema de prevención y respuesta.

Beneficios

Fomento del bienestar, cumplimiento normativo, mejora del clima laboral y refuerzo de la imagen corporativa responsable.


Preguntas frecuentes

¿Puedo externalizar la gestión del protocolo de acoso?

Sí. Es posible externalizar total o parcialmente la gestión del protocolo de acoso a una entidad especializada. Esto aporta mayor imparcialidad, confidencialidad y experiencia en la recepción de denuncias, investigación de los hechos y emisión de recomendaciones.

Externalizar esta función es especialmente recomendable para organizaciones que no disponen de un equipo interno formado, o cuando se desea garantizar neutralidad en todo el proceso.

¿Quién está obligado a tener un protocolo de acoso?

Toda entidad que actúe como empleadora debe contar con un protocolo específico de prevención y actuación frente al acoso, sin importar su forma jurídica ni tamaño.

Esto incluye no solo empresas, sino también personas trabajadoras autónomas con personal contratado, fundaciones, asociaciones, administraciones públicas y cooperativas, entre otras.

¿Qué sanciones puede haber por no tener un protocolo?

No disponer de un protocolo de prevención del acoso, o tener uno ineficaz o sin aplicación, puede ser objeto de sanción por parte de la Inspección de Trabajo, en aplicación de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

  • Infracción leve: hasta 750 €.
  • Infracción grave: de 751 € a 7.500 €.
  • Infracción muy grave: de 7.501 € a 225.018 €.

Además de las sanciones económicas, puede haber consecuencias reputacionales, pérdida de confianza interna y posibles responsabilidades legales ante denuncias.

¿Qué debe incluir un protocolo de acoso?

  • Definiciones claras de acoso laboral, sexual y por razón de sexo.
  • Canales confidenciales de denuncia accesibles a toda la plantilla.
  • Procedimientos de actuación e investigación imparciales y eficaces.
  • Medidas preventivas, cautelares y disciplinarias.
  • Garantías de no represalia para las personas denunciantes.
  • Acciones de formación, sensibilización y seguimiento continuo.

¿Es obligatorio formar al personal en prevención del acoso?

Sí. La normativa de igualdad exige que todas las organizaciones adopten medidas formativas y de sensibilización sobre el acoso laboral y sexual dirigidas a su personal.

La formación permite identificar conductas inadecuadas, actuar correctamente y promover una cultura de respeto e igualdad en el entorno laboral.

PROTOCOLO DE ACOSO